Tanques aéreos
TAAH Reglamentación
Por medio de la RESOLUCION S.E Nº 785/2005 se creo el PROGRAMA NACIONAL DE CONTROL DE PERDIDAS DE TANQUES AÉREOS DE ALMACENAMIENTO DE HIDROCARBUROS Y SUS DERIVADOS.
Tipo de Auditoria:
a) AUDITORIAS TÉCNICAS - INTEGRIDAD DE TANQUES b) AUDITORÍAS AMBIENTALES Objetivos Centrales
- Realizar un censo nacional de la cantidad y estado del parque de tanques aéreos de almacenamiento de hidrocarburos y sus derivados ubicados en todo el territorio de la REPUBLICA ARGENTINA.
- Actualizar, organizar y sistematizar la información relativa a la infraestructura y logística del almacenamiento aéreo de hidrocarburos y sus derivados.
- Realizar el control rutinario sobre las condiciones físicas de los tanques aéreos de almacenamiento de hidrocarburos y sus derivados.
- Controlar y verificar las pérdidas de los tanques aéreos de almacenamiento de hidrocarburos y sus derivados y sus posibles efectos contaminantes sobre el medio ambiente asociado.
- Impulsar y verificar la adopción de las medidas adecuadas para corregir, mitigar y contener la contaminación originada a partir de los tanques aereos de almacenamiento de hidrocarburos y sus derivados TAAH y sus derivados
Se entiende por Tanques Aéreos a todo tanque o conjunto de tanques aéreos horizontales o verticales, junto con sus cañerías y equipos asociados, que tengan como finalidad almacenar hidrocarburos y sus derivados, cuyo volumen de almacenaje individual supere los dos mil quinientos (2.500) litros y cuya magnitud por debajo de la superficie de la tierra sea inferior al diez por ciento (10%) del volumen de almacenaje individual.
Los informes de auditorias de TAAH siguen el marco de la Resolución S.E. N° 1102/04 y N°404/94.
Puntos críticos a auditar:
Tanques - Recintos - Instalaciones y Equipos Eléctricos - Distanciamientos - Rol de Incendio - Sistema contra Incendio - Accesos - Orden y Limpieza - Señalética - Recepción y Almacenamiento - Recepción de Pérdidas y/o Derrames.
CRONOGRAMA DE INSPECCIONES/EXÁMENES EXTERNOS DEL TAAH |
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|---|---|---|
PROGRAMADO |
FRECUENCIA |
PERSONAL INDICADO |
| Examen operacional de Rutina (A) | Como mínimo un vez al mes | Operarios entrenados con conocimientos del sistema |
| Examen de condición (B1) | Anual | Personal competente |
| Inspección de Condición (C1) | Intervalo obtenido en TI (*). Nunca mayor a 15 años | Auditor de TAAH inscripto |
NO PROGRAMADO |
FRECUENCIA |
PERSONAL INDICADO |
| Examen de condición (B1) | Cuando hay alerta operacional, mal funcionamiento del sistema, fugas o reporte de fuga potencial como resultado de una operación de rutina | Personal competente |
| Inspección de condición ( C1) | Cuando se determine necesario por medio de un Examen de Condición. | Auditor de TAAH inscripto |
CRONOGRAMA DE INSPECCIONES/EXÁMENES INTERNOS DEL TAAH |
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PROGRAMADO |
FRECUENCIA |
PERSONAL INDICADO |
| Examen de condición (B2) |
Cuando:
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Personal competente |
| Inspección condición ( C2) | Intervalo obtenido en TI (*). Nunca mayor a 15 años | Auditor de TAAH inscripto |
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NO PROGRAMADO
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FRECUENCIA
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PERSONAL INDICADO
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| Examen de condición (B2) | Cuando se determine necesario por un Examen de Condición | Personal competente |
| Inspección condición ( C2) | Cuando se determine necesario por un Examen de Condición | Auditor de TAAH inscripto |